Instamos a las administraciones, locales, regionales y estatales, a que ponga soluciones al grave problema que supone el paro para muchas personas, un azote para la clase trabajadora que les conduce a la marginalidad, la indigencia y la depresión de quienes lo padecen es de decir la clase trabajadora de nuestro pueblo y en general.
sábado, 5 de marzo de 2011
MANIFIESTO SOLIDARIO DE APOYO A LOS PARADOS/AS
Acto Republicano por:La Asociación Republicanos/as Jumilla y el Ateneo republicano de Jumilla
DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER 8 DE MARZO
Intervendrá: LOLA JIMÉNEZ, Abogada, miembro de la federación democrática internacional de mujeres.
Titulo 8 de Marzo: Mujer, Género y Clase.
Lugar: Centro Cultural Roque Baños.
Día 12 de Marzo 2011,
A las 18:00 horas.
Mujer Republicana Represaliada 1939
Poesía para el 8 de Marzo Día Internacional de la Mujer Trabajadora
COMPAÑERA, no importa tu nombre, sino lo que estáis haciendo vosotras desde el 8 de marzo de 1908, EJEMPLO VIVO DE VUESTRA LUCHA.
COMPAÑERA, que andas la vida entre
Urgencias y desesperos,
Juntando conciencias firmes
Reclamando tu derecho,
Luchando con mil desvelos,
Vuestra lucha ningún estado fascista callara, va creciendo más vuestra firmeza, con vuestra lucha diaria
A ti te honro, por tu entereza COMPAÑERA
Desde este espacio pequeño
O grande, como prefieras.
A las compañeras que son capaces de atreverse a soñar que se puede cambiar la historia y una sociedad de iguales hombres y mujeres.
Compañera, por cada patria traicionada y vendida por EL CAPITAL, por el sufrimiento de sus hijos en la explotación y muertos en las guerras de rapiña imperialistas.
A las compañeras que luchan en cada lugar, del mundo contra la opresión MACHISTA DEL SISTEMA CAPITALISTA.
A las encarceladas.
A las asesinadas.
A las maltratadas por sus “compañeros”
A las desaparecidas, desplazadas, torturadas.
A las madres cuyos hijos fueron arrebatados por el hambre y la guerra.
A ti COMPAÑERA que luchas, sin descanso desde distintos espacios contra la BARBARIE CAPITALISTA
Compañera de nuestros hij@s
Por tu emancipación y con tu ejemplo, de LUCHADORA, es más fácil y llevadera la lucha de tu compañero va para ti mi lealtad de ser humano, y compañero de lucha.
Dicen los demócratas burgueses, que es tu día de “fiesta” el 8/10/1910 para nosotr@s los rebeld@s debe de ser más de reivindicación de derechos y de lucha hoy y mañana y todos los días, son 8 de marzo.
A ti COMPAÑERA, mi homenaje más sincero y humilde de vuestro compañero de lucha sindical y política.
J.A.
¡Viva el Día 8 de Marzo Día Internacional de la Mujer Trabajadora!
Cada año que pasa parece algo más comercial, un día como puede ser el 8 de Marzo y el 14 de Febrero, un día para vender lo que no puede ser vendible: la igualdad de la mujer trabajadora con sus compañeros de trabajo.
Se hacen debates y coloquios conmemorando este día en una sociedad que la misma mujer consiente y acepta como machista. Muchos son los que discuten acerca del papel de la mujer como ama de casa, como madre, sin querer enseñar la verdadera cara del problema.
La sociedad debe enseñar a la mujer que su papel como tal no está en la casa (que es un quehacer de todos los que viven en tal habitáculo), sino que su lucha debe de ser ante todo como persona que es, y luego como mujer en su lugar de trabajo, al cual tiene derecho como cualquier persona capacitada para ello.
La mujer debe de luchar por sus derechos como persona trabajadora, perteneciente a la clase trabajadora, con su papel como mujer, parte fundamental en el desarrollo de la sociedad como madre, exigiendo sus derechos para poder criar y educar a sus hijos al menos los tres primeros años de vida, lo cual será beneficioso para la sociedad.
Después debe incorporarse a su puesto de trabajo con todos sus derechos. Pero no aceptemos sólo el papel de la madre en la educación de los hijos, ya que ésta debe de ser compartida por el padre y por la sociedad en su conjunto, facilitando en todo lo posible el compatibilizar el trabajo y el papel de madre.
De esa manera se asumiría el papel de la mujer dentro de casa y no su participación en la sociedad como persona y como parte fundamental en la lucha de clases.
Recordemos que celebramos el Día de la Mujer Trabajadora , de la mujer que debe de luchar codo con codo junto a los trabajadores para conseguir el cambio a una sociedad justa e igualitaria para todos. Por tanto, es una lucha de clases.
Por todo ello :
¡Viva el Día Internacional de la Mujer Trabajadora !
miércoles, 2 de marzo de 2011
La Asociación de Republicanos/as de Jumilla, se solidariza con las Paradas y Parados de Jumilla
ACUDE A LA MANIFESTACIÓN DE PARADAS Y PARADOS.
Ciudadano Ciudadana acude el Día 5 de marzo del 2011 a las 18:30 horas
Lugar: C/Canovas del Castillo, para participar en la Manifestación: (Frente al Bar Pipa)
1º- POR EL PLENO EMPLEO, Y TRABAJO PARA TODOS.
2º POR EL FUTURO DE NUESTRAS FAMILIAS Y NUESTRO PUEBLO
“RECUERDA QUE LA UNIÓN HACE LA FUERZA”
_________________________________________
Nota: Pasada esta Citación por la Plataforma de parados/as de Jumilla
lunes, 21 de febrero de 2011
MANIFIESTO AL TRIBUNAL SUPREMO. A LOS FAMILIARES DEL POETA MIGUEL HERNÁNDEZ
En relación con la reciente negativa del Tribunal Supremo (TS) a la familia de Miguel Hernández, para interponer recurso de revisión del consejo de guerra franquista que condenó al poeta a la pena de muerte, las asociaciones adheridas a este Manifiesto, declaramos lo siguiente:
Los fundamentos de derecho del TS, con toda probabilidad constituyen un caso flagrante de fraude de ley, por cuanto el término “ilegitimación”, al que recurren en su resolución los magistrados, amparándose como coartada en la Ley de la Memoria Histórica (LMH) para dictaminar sobre los tribunales y sentencias represivas franquistas, carece de validez jurídica de aplicación, ya que, en derecho, la “ilegitimación” no es un término jurídico, si no que se emplea ocasionalmente en debates sobre filosofía del derecho, pero nunca como argumento de interpretación estrictamente jurídica.
Los comportamientos humanos, desde su valoración en el marco jurídico, son legales o ilegales, pero nunca legítimos o ilegítimos, ya que mientras la ilegalización sí tiene EFECTOS JURÍDICOS, la ILEGITIMACIÓN no los tiene- En consecuencia, la Ley de la Memoria Histórica, no ilegaliza los tribunales represores franquistas ni sus sentencias, como da a entender arteramente el TS en esta resolución, si no que este órgano de la Justicia emplea sutilmente el argumento de la “ilegitimación”, con un marcado propósito de confundir, consciente de que con su invocación no ha lugar acción jurídica alguna reivindicativa, como señalamiento de indemnizaciones, devolución del patrimonio incautado, investigación judicial de los asesinatos, exhumaciones de fosas comunes bajo tutela de los jueces, etc.
Cuando el TS afirma que la LMH ha declarado las sentencias "como radicalmente injustas" y considera "su ilegitimidad por vicios de fondo y forma", no está hablando de que sea ilegal -porque nunca ha sido ilegalizada-, si no que trata de hacer un juego semántico con los términos, presentándolo como si la LMH ilegalizase algo, cuando lo único que esta reconoce, es la condena moral de las sentencias, un pronunciamiento que –tal como establece dicha ley- no ampara reivindicación de ningún tipo, ni penal, ni administrativo.
Mientras no exista una condena jurídica de los tribunales y sentencias represivas franquistas, los tribunales continuarán siendo legales (aunque se les consideren ilegítimos) y sus sentencias, seguirán teniendo plena legalidad.
Los familiares de Miguel Hernández, deberían reorientar su petición a la Justicia, exigiendo la nulidad radical de las sentencias, y no su “revisión” basándose en defectos en la instrucción de la causa, y en el aporte de nuevas pruebas, ya que ello supone -de facto-, el reconocimiento implícito de la legalidad y legitimidad de aquellos tribunales. Aquella sentencia a muerte de Miguel Hernández, no fue injusta por una insuficiente o defectuosa instrucción, si no porque el régimen y los tribunales que lo condenaron, eran ILEGALES E ILEGÍTIMOS.
El TS sabe que la persecución de los crímenes franquistas, a la luz de la legislación de la ONU en materia de persecución de los crímenes de lesa humanidad (contemplados en los artículos 607 y 607 bis del código penal), es retroactiva e imprescriptible, estando enterado plenamente de que los juzgados territoriales, a los que se remite a los familiares de las víctimas del franquismo, -como igualmente lo hace la Audiencia Nacional- están archivando sistemáticamente la práctica totalidad de las denuncias, situación de la que ninguna de Sus Señorías, ha querido dado darse por enterada hasta la fecha. Una postura así, tiene un nombre que todo el mundo conoce.
Los fundamentos de derecho del TS, con toda probabilidad constituyen un caso flagrante de fraude de ley, por cuanto el término “ilegitimación”, al que recurren en su resolución los magistrados, amparándose como coartada en la Ley de la Memoria Histórica (LMH) para dictaminar sobre los tribunales y sentencias represivas franquistas, carece de validez jurídica de aplicación, ya que, en derecho, la “ilegitimación” no es un término jurídico, si no que se emplea ocasionalmente en debates sobre filosofía del derecho, pero nunca como argumento de interpretación estrictamente jurídica.
Los comportamientos humanos, desde su valoración en el marco jurídico, son legales o ilegales, pero nunca legítimos o ilegítimos, ya que mientras la ilegalización sí tiene EFECTOS JURÍDICOS, la ILEGITIMACIÓN no los tiene- En consecuencia, la Ley de la Memoria Histórica, no ilegaliza los tribunales represores franquistas ni sus sentencias, como da a entender arteramente el TS en esta resolución, si no que este órgano de la Justicia emplea sutilmente el argumento de la “ilegitimación”, con un marcado propósito de confundir, consciente de que con su invocación no ha lugar acción jurídica alguna reivindicativa, como señalamiento de indemnizaciones, devolución del patrimonio incautado, investigación judicial de los asesinatos, exhumaciones de fosas comunes bajo tutela de los jueces, etc.
Cuando el TS afirma que la LMH ha declarado las sentencias "como radicalmente injustas" y considera "su ilegitimidad por vicios de fondo y forma", no está hablando de que sea ilegal -porque nunca ha sido ilegalizada-, si no que trata de hacer un juego semántico con los términos, presentándolo como si la LMH ilegalizase algo, cuando lo único que esta reconoce, es la condena moral de las sentencias, un pronunciamiento que –tal como establece dicha ley- no ampara reivindicación de ningún tipo, ni penal, ni administrativo.
Mientras no exista una condena jurídica de los tribunales y sentencias represivas franquistas, los tribunales continuarán siendo legales (aunque se les consideren ilegítimos) y sus sentencias, seguirán teniendo plena legalidad.
Los familiares de Miguel Hernández, deberían reorientar su petición a la Justicia, exigiendo la nulidad radical de las sentencias, y no su “revisión” basándose en defectos en la instrucción de la causa, y en el aporte de nuevas pruebas, ya que ello supone -de facto-, el reconocimiento implícito de la legalidad y legitimidad de aquellos tribunales. Aquella sentencia a muerte de Miguel Hernández, no fue injusta por una insuficiente o defectuosa instrucción, si no porque el régimen y los tribunales que lo condenaron, eran ILEGALES E ILEGÍTIMOS.
El TS sabe que la persecución de los crímenes franquistas, a la luz de la legislación de la ONU en materia de persecución de los crímenes de lesa humanidad (contemplados en los artículos 607 y 607 bis del código penal), es retroactiva e imprescriptible, estando enterado plenamente de que los juzgados territoriales, a los que se remite a los familiares de las víctimas del franquismo, -como igualmente lo hace la Audiencia Nacional- están archivando sistemáticamente la práctica totalidad de las denuncias, situación de la que ninguna de Sus Señorías, ha querido dado darse por enterada hasta la fecha. Una postura así, tiene un nombre que todo el mundo conoce.
Manifiesto al Tribunal Supremo. A los familiares de Miguel Hernandez
ESCRITO COLECTIVO AL TRIBUNAL SUPREMO. MANIFIESTO COLECTIVO A LA OPINIÓN PÚBLICA
PROPUESTA DE TEXTO PARA ADHESIONES
La reciente noticia de la desestimación del recurso de revisión, presentada ante el Tribunal Supremo por familiares del poeta Miguel Hernández, ha contribuido a confundir un poco más a la opinión pública, sobre el alcance de argumentos pretendidamente jurídicos, con fines torticeros.
Creemos necesario parar los pies a esta nueva campaña de manipulación, a la que se prestan la casi totalidad de los medios de comunicación, presentando -de un lado- la ley de la Memoria Histórica, como la ley que ilegalizó el franquismo y anuló las sentencias, y de otra parte, considerar el recurso de "revisión" como una acción reparadora desde los prinicipios que propugnamos de "Verdad, Justicia y Reparación", que a todas lunes no se contemplan con esta iniciativa judicial, por buena que sea la voluntad de los familiares del poeta.
La intención es remitir este texto en forma de COMUNICADO COLECTIVO, abriéndolo a todas las asociaciones y colectivos memorialistas, asociaciones cívicas de cualquier tipo, partidos políticos, sin preeminencia de ninguno, que dirigiremos al presidente del Tribunal Supremo y a todos los medios de comunicación. Con esta pretensión es por lo que rogamos que tu asociación / organización lo suscriba, escribiéndonos URGENTEMENTE un correo, en donde conste nombre de la entidad y nombre, apellidos y DNI del representante de la misma, datos que serán insertados por riguroso orden alfabético, para su presentación ante el TS y su difusión por los medios de comunicación y por Internet.
Como comprenderás, hay que reaccionar con suma rapidez, por lo que el próximo sábado día 26 de febrero, cerraremos la entrada de ahesiones y procederemos a su envío al Tribunal Supremo y a su difusión por todos los medios.
Confiamos en que apoyaréis esta iniciativa, actuando con la mayor celeridad posible.
Floren Dimas Balsalobre
Delegado de AGE para la Región de Murcia
florendimas@gmail.com Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
PROPUESTA DE TEXTO PARA ADHESIONES
La reciente noticia de la desestimación del recurso de revisión, presentada ante el Tribunal Supremo por familiares del poeta Miguel Hernández, ha contribuido a confundir un poco más a la opinión pública, sobre el alcance de argumentos pretendidamente jurídicos, con fines torticeros.
Creemos necesario parar los pies a esta nueva campaña de manipulación, a la que se prestan la casi totalidad de los medios de comunicación, presentando -de un lado- la ley de la Memoria Histórica, como la ley que ilegalizó el franquismo y anuló las sentencias, y de otra parte, considerar el recurso de "revisión" como una acción reparadora desde los prinicipios que propugnamos de "Verdad, Justicia y Reparación", que a todas lunes no se contemplan con esta iniciativa judicial, por buena que sea la voluntad de los familiares del poeta.
La intención es remitir este texto en forma de COMUNICADO COLECTIVO, abriéndolo a todas las asociaciones y colectivos memorialistas, asociaciones cívicas de cualquier tipo, partidos políticos, sin preeminencia de ninguno, que dirigiremos al presidente del Tribunal Supremo y a todos los medios de comunicación. Con esta pretensión es por lo que rogamos que tu asociación / organización lo suscriba, escribiéndonos URGENTEMENTE un correo, en donde conste nombre de la entidad y nombre, apellidos y DNI del representante de la misma, datos que serán insertados por riguroso orden alfabético, para su presentación ante el TS y su difusión por los medios de comunicación y por Internet.
Como comprenderás, hay que reaccionar con suma rapidez, por lo que el próximo sábado día 26 de febrero, cerraremos la entrada de ahesiones y procederemos a su envío al Tribunal Supremo y a su difusión por todos los medios.
Confiamos en que apoyaréis esta iniciativa, actuando con la mayor celeridad posible.
Floren Dimas Balsalobre
Delegado de AGE para la Región de Murcia
florendimas@gmail.com Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
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