martes, 5 de julio de 2011

NO SON MANDAMIENTOS, SON NUESTROS PRINCIPIOS

NO SON MANDAMIENTOS, SON NUESTROS PRINCIPIO

 
 
 
 
Querríamos compartir con vosotros algunos de los objetivos que nos proponemos con este blog ateo y republicano que tanta falta hacía. ¿Por qué? La razón es que no conocemos ninguna asociación que se defina como tal, que aúne las dos funciones, la de ser ateos y la de luchar por la III República y al mismo tiempo que se ocupe de la memoria de los ateos y republicanos que murieron por defender la II.

Nos proponemos abordar toda clase de temas que tengan relación con ateísmo y República. Quizá nos ocuparemos menos de las razones filosóficas que nos llevan a no creer en Dios, ya hay muchos expertos y trabajos que se ocupan de este tema. Sin olvidar que la mayor prueba de la no existencia de Dios, es la maldad de la gente que dice servirle, la crueldad de las religiones en manos de los hombres.

La Iglesia Católica, la Secta, contribuyó de manera decisiva a la exterminación de los republicanos, que defendieron el régimen legal de su país amenazado por la sublevación de unos generales felones, con la connivencia de curas y de la jerarquía eclesiástica. Fue la Santa Cruzada, que llevó a cabo el genocidio de los republicanos, que sin el apoyo de la Iglesia no hubiera podido realizarse de una manera tan devastadora. Aquí daremos testimonio de todo ello.

Nos proponemos desenmascarar todas las hipocresías que son propias a esta secta cínica y culpable de muchas muertes a lo largo de la humanidad. Actualmente, como siempre, intenta dirigir la vida pública de este país, rabiosa porque no quiere perder los privilegios que siempre tuvo, de los que goza pero que aún le parecen insuficientes.

Para que los ateos nos mantengamos informados, publicaremos escritos que denuncien las mentiras en que se basa la doctrina de la Secta. Cada vez son más los historiadores que ponen de manifiesto lo absurdo de lo que se nos ha intentado hacer creer.

También es importante mantenernos informados de la opresión que la religión ejerce sobre la mujer, su víctima propiciatoria favorita, será un tema capital para nosotros.

La importancia de la apostasía. Este acto consiste en salirse de la Iglesia, que es algo que deberíamos hacer todos los que fuimos bautizados sin nuestro consentimiento (cosa imposible de dar, debería exigirse la mayoría de edad para aplicar el bautismo) y luego no abrazamos la fe católica. Para los que somos ateos es necesario dejar constancia de nuestro desacuerdo con una institución a la que no debemos más que sinsabores, es nuestro derecho y debemos ejercerlo. Aquí daremos informaciones sobre los pasos que hay que seguir para que nos borren de sus libros y no nos cuenten entre sus seguidores, para liberarnos de hecho y derecho del yugo eclesiástico.

Alrededor del ateísmo se mueven muchos otros temas de carácter social, algunos de gran actualidad, que debemos abordar entre todos. Escribir sobre el pasado, sobre el presente, sobre el futuro. Queremos que este blog sea un espacio abierto a todo el que desee colaborar con nosotros, un sitio donde contar experiencias, recuerdos de memoria histórica, familiares. Un lugar de intercambio de ideas, donde caben las sugerencias que quieran hacerse para continuar nuestro combate por el ateísmo y por la República. Como ateos y republicanos militantes recorrer este camino hacia la verdad es una obligación.

Esperamos que todos los que lo deseen se pongan en contacto para colaborar con esta causa, ateosrepublicanos@gmail.com, para que así entre todos podamos avanzar hacia un mundo más libre.

¡Viva la República Laica!

La progresía y el movimiento 15-M

En algún momento he señalado que en términos generales las gentes de la izquierda tradicional se han portado decentemente en relación con el movimiento 15-M: han participado en las asambleas, han rehuido las identificaciones partidarias y se han percatado del significado de lo que estaba ocurriendo.

Si la izquierda tradicional ha estado genéricamente a la altura de las circunstancias, cabe preguntarse de quién no puede decirse otro tanto. Me olvidaré ahora de la ruindad ingente que rodea a los sindicatos mayoritarios; qué llamativo parece que haya sido el movimiento 15-M el que haya convocado el pasado día 19 las manifestaciones contra el Pacto del Euro, mientras las cúpulas de CCOO y UGT guardaban silencio.
Me interesa prestar atención, antes bien, a un grupo humano cuya conducta ante los hechos de las últimas semanas merece más de un comentario. Hablo de esa constelación progresista de la que forman parte un buen puñado de estrellas de la intelectualidad y de las artes.
Lo primero que me produce sorpresa es el hecho de que estas gentes no duden en utilizar, para identificarse, la etiqueta de progresistas. Pocos términos hay más gastados que éste. Gastados, en primer lugar, por la retórica vacua que ha empleado en los últimos decenios el partido que sigue dirigiendo el Gobierno español.

¿Cómo es posible que quienes en estas horas afirman que quieren romper amarras con todo lo que significa ese partido no duden en seguir empleando un calificativo tan delatador?

Siempre cerca de estructuras de poder, nuestros progresistas se han adherido en el pasado a todas las miserias imaginables.
¿Alguien ha olvidado, por cierto, la lista de partidarios del Tratado Constitucional de la Unión Europea —surtidor principal de la mierda que hoy arrastramos— que promovió la SGAE en diciembre de 2004?

No parece, en un terreno próximo, que estas gentes se hayan desmarcado convincentemente de sus intereses personales, en un escenario en el que no menudean las noticias que den cuenta de cómo han reconocido públicamente sus errores del pasado. Mientras, por un lado, nunca han pisado un centro social okupado —para algo están los oropeles del Círculo de Bellas Artes madrileño—, por el otro han mantenido hasta hace bien poco —acaso algunos la mantienen todavía— una relación muy cálida con esos dos combativos sindicatos que he mencionado unas líneas más arriba. Hablo de gentes, en fin, que se autoatribuyen la conciencia de la izquierda y que estiman que no podríamos pasar sin el socorro de sus declaraciones y manifiestos.
Tengo la firme convicción de que los intelectuales y artistas progresistas arrastran problemas graves en materia de comprensión de lo que ocurre entre nosotros. En su discurso lo suyo es que se denuncie lo que está en la epidermis mientras se esquivan las cuestiones de fondo. Si la corrupción y la precariedad forman parte de la primera, el capitalismo y la supeditación del poder político a sus reglas viven entre las segundas.

La única respuesta posible y consecuente —así lo han entendido amplísimos sectores del movimiento 15-M— asume la forma de la contestación franca del capitalismo desde perspectivas antiproductivistas, antipatriarcales e internacionalistas. Semejante proyecto casa mal, dicho sea de paso, con la obsesión de nuestros intelectuales y artistas por los partidos y las elecciones.
 ¿Cuál no será al respecto la última idea brillante que estarán iluminando en lo que se refiere a maravillosos frentes en los que confluyan algunos de los primeros? ¿Y qué líderes nos propondrán ahora?
 ¿Habrá alguno que no huela a lo mismo de siempre, al designio de reunir a la izquierda claudicante bajo banderas aparentemente nuevas?

Mayor relieve que todo lo anterior corresponde, sin embargo, a un hecho: nuestros intelectuales y artistas se han visto por completo desbordados por lo que ha ocurrido tras el 15 de mayo. Y su situación es incómoda, antes que nada, por algo que salta a la vista: nada han tenido que ver con la gestación de un movimiento que, por razones fáciles de intuir, no comprenden, inmerso como está en la vorágine de la asamblea y de la autogestión, lejos de divos y de famoseos.

En lugar de acercarse humildemente a lo que empezaba a manifestarse, se han entregado con pundonor a la tarea de rebajar la radicalidad de la propuesta que veía la luz en las plazas, procurando adaptarla a una letanía repentinamente superada por la reacción airada de los jóvenes. Para ello han dispuesto, como siempre, de los resortes preceptivos que ofrecen los medios progresistas: El País y la SER, Público y Radio Nacional.
 
Sin norte, nuestros amigos procuran en estas horas, con escaso éxito, recuperar el protagonismo que tanto les gusta. Bueno sería que tomasen nota, sin embargo, de algo que parece evidente: los indignados no sólo lo están con los banqueros y con los gobernantes que les sirven. No sienten ningún cariño, tampoco, por quienes han reído las gracias demasiadas veces a los unos y a los otros. Para certificarlo basta con echar una ojeada a los foros de muchos de esos medios de comunicación progresistas que acabo de nombrar.

lunes, 4 de julio de 2011

República y Laicismo

“España ha dejado de ser católica”. Esta famosa frase del discurso de Manuel Azaña, el 13 de octubre de 1931, en las discusiones parlamentarias del artículo 26 de la Constitución de la II República española, todavía resuena de forma halagüeña en los oídos de los laicistas españoles, a la vez que todavía es objeto de airado reproche por parte de muchos integrantes de la derecha política española actual.

Azaña expresó en su intervención qué entendía él por la separación de la iglesia y Estado, así como cuál debía ser su alcance. Contraviniendo la tradición hispánica del anticlericalismo feroz frente a la bota de los chupacirios, Azaña planteaba el fin radical de una idea que todavía sigue existiendo en la mente tanto de la jerarquía de esa religión como de muchos católicos presentes en la vida pública: la de que el Estado es el brazo secular y ejecutorde la Iglesia, la católica, única verdadera en España, y que por tanto el Estado es quien debe aplicar y ejercer la disciplina necesaria para el cumplimiento de los preceptos católicos a la hora de legislar y regular la convivencia social, tanto desde el poder legislativo como desde el judicial o el ejecutivo.

 
Privilegio y dominio 
 
Pero, ¿cuál era la situación de la Iglesia católica en España a la llegada de la II República, en 1931? Como es sabido, una situación de privilegio y poder, hasta los últimos capilares sociales.
 
Estaba en vigor el Concordato de 1851, por el cual la Iglesia había aceptado la famosa desamortización de Mendizábal, accediendo a la venta de los terrenos eclesiásticos, a cambio de que los beneficios se invirtieran en láminas o bonos del Estado que luego se repartieron entre el clero, al igual que aceptó que el Estado nombrara obispos directamente. Pero a cambio se admitió que la Iglesia tenía derecho a comprar todo tipo de propiedad, y que el catolicismo era la única religión de España. Además,.la Iglesia obtuvo el derecho de adoctrinar en las escuelas públicas, el de que el Estado fuese quien corriera con el mantenimiento de los templos y edificios eclesiásticos, y de que los sacerdotes cobrarían su sueldo del Estado, tal que funcionarios, aunque eso sí, con la condición jerárquica de que los obispos tuviesen una remuneración diez o doce veces mayor que los curas de pueblo.
 
Y se puede observar el importante remate, de ruptura incluso, que con esta situación de poder que tenía la Iglesia católica en España supuso la Constitución de 1931, si además de lo dicho, apuntamos otros hitos que habían supuesto, a lo largo del siglo anterior, un incremento de la libertad personal de los ciudadanos frente a la dominación de la Iglesia sobre la vida pública y  privada de los españoles. Estuvo la supresión del Tribunal de la Inquisición, en 1812-13; la proclamación de un régimen de libertad democrática, como ocurrió en 1855, 1868 o 1873, la instauración jurídica de la libertad religiosa en 1869, la tolerancia de los cultos no católicos, como se hizo en 1876, de respetar el derecho de los padres en la enseñanza o no de la religión a los hijos, en 1901.
 


 A todas estas libertades laicistas, contra las que la Iglesia se opuso con todas sus fuerzas, la Constitución del 9 de Diciembre de 1931 puso cima al proclamar la separación entre la Iglesia y el Estado, con las medidas añadidas de suprimir la financiación de la Iglesia, como hemos explicado antes, la disolución de los jesuitas y la nacionalización de sus bienes, la exigencia de autorización gubernamental para las manifestaciones públicas de culto, la secularización de los cementerios, el divorcio por mutuo acuerdo o a petición de parte alegando causa justa, y estableciendo la enseñanza laica en el ámbito estatal, aunque reconociendo a la Iglesia a impartir instrucción doctrinal en sus establecimientos. 
 
Y en cuanto a las órdenes religiosas, como antes decíamos, aparte de los jesuitas, al resto se las sometió a una ley específica, por la que se disolverían aquellas que en un momento dado pudieran constituir un peligro para la seguridad del Estado, además de que las aceptadas estarían en un registro especial, y además no podrían adquirir o conservar más bienes que los destinados a vivienda o al cumplimiento estricto de sus actividades religiosas. A esto se sumaba la prohibición de ejercer la industria y el comercio, así como su sumisión, como el resto de entidades constituidas, a las leyes tributarias corrientes, y con la obligación de rendir cuentas al Estado de sus posibles inversiones en bienes de uso.
 
Evidentemente, los logros conseguidos por la Segunda República en su Constitución y en  el primer bienio de gobierno quedaron reducidos con los gobiernos conservadores republicanos y destruidos con la dictadura, muy bien llamada nacional católica, del general Franco. Tras la recuperación de las libertades formales tras la muerte natural del tirano, todos conocemos la situación actual.
 
Y el republicanismo sigue pidiendo la separación del Estado, sin religión oficial, de las iglesias, de todas, pues precisamente, el reto actual se duplica, pues no sólo hay que hacer frente a los privilegios económicos y educativos, fiscales, etc., de la entidad católica, sino que la nueva conformación de la sociedad que está teniendo con la llegada de grupos importantes de personas de otras religiones que se hacen ciudadanos españoles o lo quieren ser, plantea la presencia de varias religiones que quieren homologarse con la religión católica y también exigen sus privilegios.
 
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¿Qué es el laicismo?
 
Ante esta situación es conveniente volver a la definición del laicismo desde el punto de vista del republicanismo tal como se está planteando hoy en día, a la luz de la realidad actual.
 
El laicismo es la afirmación de la supremacía del poder civil democráticamente elegido frente a las interferencias de los poderes privados religiosos y  económicos o cualesquier otro que busque o sea un poder decisorio, lo que conlleva aparejado un instrumento crucial para que ese laicismo republicano sea una columna central del edificio social, y este es la instrucción pública en todos sus niveles escolares entendida como  formación integral de la ciudadanía.
 
Las definiciones más actuales del republicanismo apuntan a una idea básica de libertad positiva, que es la no dominación, es decir, nadie puede ser esclavo, ni de quien le proporciona empleo, ni de su marido ni de su religión, a pesar de toda la aquiescencia que quiera prestar a esa situación de dominio.
 
Eso implica la intervención racional, por parte del poder elegido democráticamente, para regular la convivencia entre unas y otras formas de entender la vida en comunidad, en este caso entre las basada en la razón y aquellas que se asientan en lo irracional y arbitrario, y para ello es obvio que sólo lo puede hacer desde el laicismo, es decir, rechazando las interferencias de esos poderes religiosos, que quieren imponer cadenas y débitos a sus fieles, no sólo por medio de sus doctrinas y creencias particulares, sino a través de todo el peso y poder del propio Estado.
 
Ante esto, el laicismo republicano propone no sólo la neutralidad del Estado frente a las confesiones religiosas, dejándolas hacer sin más, sino acciones necesarias de aquel para que el poder, no sólo de la religión mayoritaria, sino del resto de ellas, vea obstaculizado su crecimiento, con el fin de que su capacidad de interferencia sobre los poderes civiles y sobre la sociedad sea decreciente en lugar de verse en aumento, alimentado por los diversos poderes municipales, autonómicos y estatales. Es obvio que, comenzando por el poder de la iglesia católica, queda un largo trecho para el laicismo republicano en España.

El artículo hace hincapié en la figura de Miguel Hernández como poeta comunista

El artículo hace hincapié en la figura de Miguel Hernández como poeta comunista
Miguel Hernández, voz poética del pueblo en lucha

A propósito del Centenario del nacimiento del poeta Miguel Hernández (Orihuela, Alicante, 30 de octubre de 1910- Alicante, 28 de marzo de 1942), que conmemoramos este año con numerosos actos a lo largo y ancho de la geografía española, hemos tenido oportunidad de leer en las últimas semanas en la prensa española bastantes artículos en torno a su figura y a su extraordinaria obra poética. Y tengo que confesar que estoy alucinado, cabreado y asqueado.

Y es que la mayoría de esos artículos tratan de minimizar, cuando no directamente de ocultar, la militancia política del autor de Viento del pueblo. No sé qué pasa ni por qué razones se hace (aunque, las intuyo, por supuesto) pero ninguno de esos articulistas dice abiertamente que Miguel Hernández fue comunista. De hecho, es moneda corriente que al hablar del insigne poeta alicantino, no se utilice el término “comunista” ni una sola vez.

Como si el adjetivo, por sí solo, fuese el detonante de todos los males habidos y por haber. Pues sí, Miguel Hernández fue comunista, y eso, a finales de los años treinta y principios de los cuarenta, tenía un significado simbólico que, no hay que ser muy listo para darse cuenta, no es el mismo que en nuestros días. Miguel Hernández vivió una tremenda evolución personal que lo llevó desde el cristianismo de su juventud a convertirse en el gran Poeta del Pueblo, con sus poemas de combate, de denuncia, de esperanza, de dolor y de tragedia, sobre todo, los que forman sus poemarios El hombre acecha y Viento del pueblo.

En una carta fechada el 29 de noviembre de 1935, su amigo y mentor hasta ese momento, Ramón Sijé, le reprocha, abiertamente, su profundo viraje ideológico, así como su acercamiento poético y estético (su coqueteo con las vanguardias y el surrealismo) a poetas como Neruda, Aleixandre o Alberti: “Transformación terrible y cruel”, la denomina Sijé.

Sin duda la amistad con el poeta chileno Pablo Neruda es importantísima para esa transformación ideológica. Así pues, en los primeros balbuceos de la Guerra Civil, Hernández no duda en alistarse como voluntario en el Quinto Regimiento, de tendencia comunista. En el mes de octubre de 1936, es nombrado Comisario de Cultura del batallón El Campesino, y se le asigna la importante misión de escribir para los milicianos del frente, con el objeto de elevarles la moral. En marzo de 1937 contrae matrimonio por lo civil, lo cual supone toda una declaración de principios, y en agosto de ese mismo año viaja a la Unión Soviética como miembro de una delegación cultural para conocer el teatro que se estaba haciendo en aquellos momentos en la URSS. ¿No supone todo esto un posicionamiento ideológico determinado?



En muchos de esos artículos a los que me refería antes se habla de Miguel Hernández como un “referente estético”. Me parece que reducir la figura de este gran poeta a eso (que también lo es, ojo), es un insulto a su memoria. ¡Qué estuvo en el Quinto Regimiento, por favor! ¡Qué pudo haberse exiliado como hicieron muchos otros y no lo hizo! Hernández optó por quedarse. Quiero creer que, porque además de un magnífico poeta, era un hombre valiente, comprometido hasta la médula con ese pueblo al que veía sufrir ante el avance demoledor del fascismo, o vete tú a saber por qué lo hizo. El resultado es que no se fue cuando pudo haberlo hecho. Y que murió sin renegar de su ideología política, el comunismo.

A nadie con dos dedos de frente se le escapan las razones de esta manipulación. Para los medios de comunicación de masas no existe lo que no se nombra. Es así de simple. Ya lo hemos visto en otros muchos casos. La mentira va creciendo y creciendo, como una gran bola de nieve.

No me imagino, por ejemplo, al actual presidente de la Generalitat Valenciana, el ultra conservador Camps, o al Rey, alabando la figura del poeta comunista en uno de esos actos manipuladores y surrealistas (todavía me produce vergüenza ajena ver al pobre viejecito que era Rafael Alberti en sus últimos meses de vida, visitado por el entonces presidente del gobierno José María Aznar). Sin ningún género de dudas, resultarán más fáciles de digerir las alabanzas hacia el intelectual cristiano o hacia el “referente estético” que hacia el poeta comprometido con la lucha trágica del pueblo.

Dejó escrito Miguel Hernández: “Los poetas somos viento del pueblo: nacemos para pasar soplando a través de sus poros y conducir sus ojos y sus sentimientos hacia las cumbres más hermosas”. Eso lo escribió el hombre, el poeta y el comunista. Por ese orden. Le pese a quien le pese.

UN NUEVO AUTO DEL TRIBUNAL SUPREMO IMPIDE LA INVESTIGACIÓN JUDICIAL DE LAS DESAPARICIONES FORZADAS Y CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD DURANTE EL FRANQUISMO

UN NUEVO AUTO DEL TRIBUNAL SUPREMO IMPIDE LA INVESTIGACIÓN JUDICIAL DE LAS DESAPARICIONES FORZADAS Y CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD DURANTE EL FRANQUISMO
El Auto fue notificado al Colegio de Procuradores de Madrid el 18 de noviembre

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de queja interpuesto por el Fòrum per la Memòria del País Valencià y otros. El Fòrum per la Memòria del PV, viene presentando recursos desde que el Pleno de la Sala de la Audiencia Nacional anulara la providencia del día 29 de octubre de 2.008, mediante la cual el Magistrado-Juez Santiago Pedráz ordenaba la exhumación judicial de las fosas comunes del Cementerio general de Valencia. Esta asociación recurrirá el Auto ante el órgano correspondiente hasta alcanzar los Tribunales Internacionales

El recurso de queja había sido interpuesto por el Fòrum per la Memòria del País Valencià, la asociación Memòria de Mallorca, la CGT, la UGT y Carmen Negrin Fetter contra el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que se denegó la preparación del recurso de casación, invocando el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, frente a dos autos dictados por la propia Sala, en uno de los cuales se declaró la incompetencia del Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional para investigar las desapariciones forzadas y crímenes contra la Humanidad durante el franquismo, tras las denuncias interpuestas por varias asociaciones de memoria, afectados y otros.
Texto íntegro del Auto
Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Auto fecha: 05/11/2010
Ponente Excmo. Sr. D.: Andrés Martínez Arrieta
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
Excmos. Sres.:
D. Juan Saavedra Ruiz
D. Carlos Granados Pèrez
D. Andrés Martínez Arrieta

En la Villa de Madrid, a cinco de Noviembre de dos mil diez.
I. HECHOS

PRIMERO.- La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, con fecha 01.12.08, dictó auto desestimando el recurso de súplica contra el auto de 07.11.08 del Pleno de la Sala, y con fecha 02.12.08, dictó auto declarando "la falta de competencia objetiva del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 para la investigación de los hechos y presuntos delitos a que se refiere el auto de 16.10.08 y en consecuencia, dejar sin efecto todos los actos y resoluciones posteriores incluido el auto de 18.11.08, con el alcance y límites establecidos en el razonamiento jurídico 6 de este auto. Sin perjuicio de la competencia que pudiera corresponder a otros órganos judiciales...".
Contra estas resoluciones se anunció intención de interponer recurso extraordinario de casación, cuya preparación les fue denegada por auto de 26.02.09, todas ellas fueron dictadas en el expediente 34/08, cuestión de competencia del art. 23 LECrim. De todo lo expuesto dimana este recurso de queja.

SEGUNDO.- Con fecha 9 de marzo de 2009 el Procurador Sr. Granizo Palomeque, en nombre y representación de la Unión General de Trabajadores, el 16 de marzo de igual año, la Procuradora Sr. Fernández Pérez, en nombre y representación de la Confederación General de Trabajadores, el 24 de marzo de igual año, el Procurador Sr. Bordallo Huidobro, en nombre y representación de Carmen Negrín Fetter, el 7 de abril de 2009, la Procuradora Sra. Millán Valero, en nombre y representación de la Asociacio per la recuperación de la memoria histórica de Mallorca y otros, y la Procuradora Sra. Gulh Millán, en nombre y representación de Forum per la memoria del País Valencia, todos ellos presentaron escrito en el Registro General de este Tribunal Supremo, personándose en cumplimiento de los emplazamientos efectuados por la Audiencia Nacional y formalizando el recurso de queja que fundamentan en razones de fondo, vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, con apoyo en el 852 y 5.4 LOPJ.

TERCERO.- El Ministerio Fiscal, por escrito de 31 de julio de 2009, dictaminó: "Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 848 de la L.E.Crim. y concordantes el Auto anteriormente mencionado de fecha 2 de Diciembre de 2008 no es susceptible de recurso de casación por cuanto la Ley de Enjuiciamiento Criminal no prevé tal medio impugnativo, de modo expreso. Se incumple así el presupuesto necesario e imprescindible recogido en la disposición legal citada.
Tampoco cabe el recurso reseñado contra el Auto resolutorio del incidente regulado en el art. 23, L.E.Crim., también por expresa imposición legal (““resolverá de plano y sin ulterior recurso”“)..." "...Parece innecesario efectuar ninguna argumentación para solicitar que no se acoja tal alegación, por cuanto el Art. 848 de la LECrm reduce la posibilidad de interponer recurso de casación contra cualquier clase de autos, normalmente, a la modalidad de infracción de ley, y la predeterminación del fallo no tiene este carácter.
En consecuencia, y en función de las consideraciones que anteceden el Fiscal interesa de la Excma. Sala que dicte resolución en que se desestimen los recursos de queja interpuestos, con imposición de las costas a los recurrentes, por expresa disposición del art. 870 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal."

CUARTO.- Con fecha 18 de junio de 2009 se presentó escrito promoviendo incidente de recusación del Presidente y el Ponente de esta resolución, la Sala del art. 61 LOPJ, por auto de 23 de abril de dos mil diez, desestimó la misma y acordó devolver las actuaciones a esta Sala. Con fecha 28.10.10 se recibió en la Secretaría de esta Sala los rollos que forman este recurso de queja y se acordó por providencia de 29.10.10, devuelto el rollo entregar los autos al Ponente para que proponga a la Sala la resolución que corresponda.
II. RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Los recurrentes plantean, el recurso de queja al amparo del art. 862 de la Ley procesal contra el Auto de 26 de febrero de 2009 dictado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que se deniega la preparación del recurso de casación contra los Autos dictados por el Pleno de la Sala de lo Penal resolutorios de la súplica y la declaración de incompetencia del juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional, resolución que fue instada por el Ministerio fiscal en aplicación del art. 23 de la Ley procesal penal.

Los razonamientos del Tribunal de instancia en el mencionado Auto son precisos y se ajustan a la Ley procesal que previene, en el art. 23, que el órgano competente para la resolución sobre competencia se "resolverá de plano y sin ulterior recurso". Precepto que complementa el art. 848 de la Ley procesal, al prevenir la recurribilidad de los Autos dictados por las Audiencias solo en los casos "en los que la ley lo autorice de modo expreso" entre los que no figura el que pretende ser objeto de casación por los recurrentes en queja.

Para la resolución de la queja, ha de tenerse en cuenta que el recurso de casación tiene, en nuestro derecho, un carácter extraordinario, pues sólo puede interponerse en los casos y por los motivos que expresamente prevé la Ley procesal penal.
El tribunal de instancia ha aplicado correctamente la norma procesal sobre la preparación de los recursos de casación, arts. 847 y 848 y 854 y concordantes, de la Ley procesal penal, normas a la que se contrae la queja que analizamos. Como hemos señalado, por todos ATS de 31 de octubre de 2006, la resolución sobre la preparación del recurso de casación, para admitirla o denegarla, “constituye un primer filtro de admisión” que corresponde al tribunal de instancia frente a cuya resolución podrá interponerse recurso de queja. La Ley procesal es clara y el art. 848 de la Ley procesal exige una previsión legal expresa para que sea admisible la recurribilidad en casación de un auto. Y esta previsión no existe respecto a los Autos dictados al amparo del art. 23 de la Ley procesal por lo que frente a los mismos sólo cabe recurrir en súplica, como hizo la parte. Los autos resolutorios de la súplica no tienen prevista su recurribilidad en casación (STS 1038 - 2009, de 3 de noviembre)
El art. 858 de la Ley procesal, al disponer que la preparación del recurso se realice ante el Tribunal que dictó la resolución recurrida, exige que éste examine los requisitos que para la inadmisibilidad del recurso prevé la Ley procesal, contenidos en los arts. 847 y 848 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y si son observados tendrá por preparado el recurso, dándole la tramitación prevista en la Ley. En caso contrario, la denegará, posibilitando el recurso de queja un nuevo examen de la aplicación de la norma procesal realizada por la Audiencia respectiva, en el particular relativo a la admisión del recurso extremo al que se contrae este recurso de queja.

Consecuentemente, ningún error cabe señalar respecto a la denegación de la preparación de un recurso de casación cuando el tribunal de instancia se ha ajustado a lo dispuesto en la Ley procesal penal denegando la preparación de un recurso no expresamente previsto en la Ley procesal. El argumento de los recurrentes que invocan, como fundamento de la pretensión, el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva cede porque, como ha declarado este Tribunal y el Tribunal Constitucional, el contenido esencial de la tutela judicial efectiva incluye el derecho al recurso cuando éste se encuentra previsto por el ordenamiento jurídico, dado que, establecido por la ley, constituye una garantía del justiciable. En este sentido se ha afirmado que "la tutela judicial efectiva, que garantiza el art. 24 de la Constitución, consiste en el derecho que tienen todas las personas al acceso a los órganos judiciales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos a obtener una resolución fundada en Derecho con arreglo a las normas de competencia y procedimiento legalmente establecido, a interponer los recursos previstos en las leyes y a la efectividad de las resoluciones jurídicas firmes, mediante la ejecución de las mismas. (STC 100/1988, de 7 de junio)". Es doctrina reiterada de este Tribunal que, una vez reconocida legalmente la previsión de un recurso, al acceso al mismo se incorpore el derecho a la tutela judicial efectiva. (Sentencia 113/1988, de 9 de junio). En el mismo sentido las Sentencias 160/1985, de 18 de noviembre; 19/1981, de 8 de junio, y 140/1985, de 20 de octubre.

III. PARTE DISPOSITIVA
LA SALA ACUERDA: Desestimar el recurso de queja interpuesto por las representaciones procesales de Unión General de Trabajadores, Confederación General de Trabajadores, Carmen Negrin Fetter, Asociació per a la recuperació de la memoria Histórica de Mallorca y otros y Forum per la memoria del País Valencia, contra auto de 26.02.09 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, denegatorio de la preparación del recurso de casación, con imposición de las costas a los recurrentes.
Notifíquese este auto a las partes personadas y comuníquese al Tribunal que dictó la resolución recurrida, a los efectos oportunos.
Así lo acuerdan y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir la presente, de lo que, como Secretaria, certifico.

LA MUJER JUMILLANA EN LA II REPUBLICA 1931-1940


La Segunda república fue un  momento histórico en que las mujeres obtuvieron unos derechos políticos y libertades, llegando a un estilo de vida hasta entonces desconocido, igualdad entre hombre y mujer, voto femenino,…

En 1931 la población en la provincia de Murcia, contaba con 645.499 habitantes, del total unos  217.000 como población activa. En el sector agrario 104.788 personas, en el censo 1930. Los municipios más poblados eran Cartagena, Lorca, Yecla, Jumilla.

Hablando de estadísticas en la Región 326.573 mujeres 318.876 hombres, de ellos, sólo 105.874 mujeres sabían leer y escribir, 211.644 mujeres no sabían ni leer ni escribir, había unas 175.110 solteras, casadas 120.981, viudas 30.012. Las solteras representaban el nucleó de mujer trabajadora.

El Socialista Largo Caballero insertó el proyecto de modernización del país que consistía en jurado mixto patronos-obreros. Permitiendo el ingreso de la mujer  en dicho jurado. Sin necesidad de la autorización del representante legal padre o marido para cualquier actividad. Manteniéndose la discriminación salarial para la población femenina. Se instauro la jornada laboral de 8 horas diarias.

El estallido de la guerra civil movilizó a la población jumillana, lo que hizo la rápida incorporación de la población a los sindicatos y partidos políticos.
-        La Sociedad obrera de Trabajadores de la tierra (UGT) contaba en Jumilla en Septiembre de 1936 con 2.191 asociados de los cuales 555 eran mujeres.
-        Las Juventudes Libertarias de Jumilla contaban desde Octubre del 1936, a Agosto del 1938, con 193 afiliados de los cuales  16 eran mujeres. Según libro de registro de la Federación  Ibérica de Juventudes Libertarias. Jumilla-Murcia.  
-        El sindicato de la aguja  UGT-CNT, sindicato femenino, dedicado a talleres  de confección dándose un paso en el reconocimiento del trabajo de la mujer, acordándose en 1938 que las compañeras de los amiagueros cobraran una peseta diaria por hacer de comer y limpiar la casa.
-        La asociación de mujeres Anti-Fascista de Jumilla se dedicaban a recoger víveres, donativos, ropa de abrigo para el frente, en el invierno de 1936-1937, confeccionaban jerséis y ropa de  lana. A través de Socorro Rojo internacional recaudaban donativos para el frente. También participaron en el frente de guerra como milicianas.

Las mujeres jumillanas, abandonaron la esfera puramente familiar para participar en la esfera pública.

En general la presencia de la mujer en la esfera  de los partidos políticos es débil en la Izquierda Republicana de jumilla.
-        La sección femenina la componían 26 mujeres, (10 maestras  nacionales, 11 obreras, 3 empleadas, 1modista, 1 ama de casa) libro de actas Izquierda Republicana de Jumilla 1936-1939.
-        Unión Republicana en el 1938, contaba  en Jumilla con 565 afiliados y tres afiliadas, libro de registro de socios  Unión Republicana de jumilla 1935-1938.
-        El PSOE, fue un partido predominantemente masculino en Jumilla, Hemos podido constatar que en 1937, había  214 afiliados 4 eran mujeres.
-        A pesar de la preocupación del PCE, por la mujer, como lo demuestra la presencia de esta en la vida del partido en varios pueblos de la Región. En Jumilla no hemos podido  cuantificar su presencia, en referencia a 1937, si bien en la Región había 17.000 afiliados en esta fecha
-        Las cifras sobre afiliación  de la CNT, no hemos podido cuantificarla en jumilla, en 1937. Si sabemos que en la Región había 56.000 afiliados

El laicismo como disculpa

Está muy atribulado el antiguamente joven nazi Joseph Ratzinger y actual papa de la Iglesia romana con el apodo de Benedicto XVI. Así lo declaró en la audiencia general concedida a sus secuaces. Le causa honda pena que en Pakistán no se conceda plena libertad a los cristianos, y la ha reclamado exigentemente. Es cierto que repugna a la conciencia de cualquier persona civilizada saber que se ha condenado a muerte a Asia Bibi por ser cristiana, en ese país de religión musulmana, con solamente un tres por ciento de cristianos de varias confesiones. Pero no es menos cierto que el obispo de Roma no puede pedir libertades, cuando la secta que dirige con poderes dictatoriales ha negado a lo largo de su historia todas las libertades, condenando a muerte a quienes disentían de sus dogmas.   Ratzinger debiera sentir vergüenza por regir a la secta más criminal de la historia de la humanidad, y no atreverse a reclamar a ningún Estado lo que sistemáticamente negaron sus predecesores. Es lógico que los musulmanes detesten a los cristianos, organizadores de las cruzadas para exterminarlos. Sin duda es una barbaridad matar a una muchacha por ser cristiana, pero los musulmanes se limitan a imitar lo que les hizo la Iglesia romana a ellos por seguir otra creencia religiosa.


  


La doctrina secular de la Iglesia catolicorromana defiende el poder absoluto del obispo de Roma, considerado el vicario de Cristo en la Tierra. Opina que su religión es la única verdadera, y en consecuencia predica la abolición de todas las demás. Ni siquiera tolera la discrepancia de los cristianos que no aceptan sus dogmas, al encontrarlos en desacuerdo con la predicación de Cristo. La historia de la Iglesia romana es una sucesión de crímenes cometidos con la intención de matar al cuerpo para salvar el alma, tomando a Dios como disculpa de sus aberraciones.

    Ratzinger leyó su declaración, porque los curiales no le permiten improvisar los discursos, dadas las habituales meteduras de pata que ha sufrido. Fue indignante escucharle decir: “Rezo por cuantos se encuentran en situaciones análogas, para que también su dignidad humana y sus derechos fundamentales sean plenamente respetados.” Los sicarios de la Iglesia romana se han dedicado a negar los derechos fundamentales de los seres humanos, matando por los métodos más crueles a quienes juzgaban herejes o cismáticos, a menudo después de torturarlos salvajemente. Y cuando Ratzinger pertenecía a las Juventudes Hitlerianas seguro que tampoco sentía respeto por los derechos fundamentales de sus adversarios. Los catolicorromanos y los nazis coinciden en su odio hacia los judíos, a los que han tratado de eliminar de la Tierra con los progromos y los campos de exterminio.

   Me gusta repetir una consideración muy exacta escrita por Anatole France: “La Iglesia romana se queja de estar perseguida cuando no puede perseguir a los demás.” Así es. Ahora se ha reducido su poder, y ya no está en condiciones de ordenar cruzadas ni progromos ni hogueras inquisitoriales. Su desprestigio es tan inmenso que ninguna persona culta acepta en la actualidad su doctrina. Por eso el Vaticano sigue condenando la investigación científica y el desarrollo de las ciencias, puesto que su fuerza reside en el oscurantismo ignorante de las sociedades.